Presentar una reclamación

Si existe alguna circunstancia que pueda dar lugar a una reclamación en virtud de esta póliza, el Asegurado (o sus representantes legales o personales) deberá, con respecto a cualquier reclamación, ponerse en contacto con Nuestra oficina de reclamaciones tan pronto como sea posible en:

IDA Insurance Limited – Claims Department
DAN Building, Level 1
Sir Ugo Mifsud Street,
Ta ‘Xbiex,
XBX 1431
Malta
Teléfono: +356 2016 1600
Correo electrónico: claims@idassure.eu

  1. Proporcionar detalles de dichas circunstancias y solicitar un formulario de reclamación asegurándose de que su número de afiliación a DAN o el número de póliza de seguro que figura en el Anexo de la Póliza se citan siempre que se ponga en contacto con el gestor de reclamaciones.
  2. Rellene y envíe el formulario de reclamación junto con toda la documentación que le solicitemos. Todas las reclamaciones deberán justificarse mediante recibos, valoraciones, informes médicos, policiales o de otro tipo, según proceda y lo solicite la Aseguradora. La aseguradora sólo podrá tramitar la reclamación una vez que se haya proporcionado toda la documentación solicitada. Tenga en cuenta que, en determinadas circunstancias, se requiere una actuación más inmediata para garantizar que su reclamación no se vea perjudicada.

En lo que respecta a las solicitudes de reembolso de gastos médicos, deberá notificarse a la aseguradora a través de su Centro Operativo de Emergencias 24 horas al día, 7 días a la semana:

  1. A más tardar 14 días después de la fecha del suceso, o de la primera ocurrencia para sucesos continuados o, para sucesos ocurridos durante un Viaje, dentro de los 14 días siguientes a la fecha de regreso. Si es titular de una extensión «Viaje sin límites» de su póliza, deberá notificarnos el siniestro en un plazo de 14 días a partir de la fecha del suceso o del primer acontecimiento.
  2. La notificación de las solicitudes de reembolso de gastos médicos debe realizarse a la aseguradora ANTES de:
    a. El Asegurado sea admitido como paciente interno en cualquier hospital, clínica o residencia de ancianos.
    b. Se adopte cualquier medida de repatriación y/o evacuación;
    c. El entierro, cremación o transporte del cuerpo del Asegurado;
    d. Cualquier traslado hospitalario o gastos de regreso a casa;
    e. Cualquier otro gasto en que se incurra.